Somos una institución que presta su servicio al Municipio del Socorro en forma ininterrumpida, las 24 horas del día, bajo su noble lema: VALOR, ABNEGACIÓN Y DISCIPLINA; fundamentado en el profesionalismo ético de mujeres y hombres que lo conforman como un equipo profesional capaz de asistir cualquier contingencia, amparados en su Ley 1575 del 21 de agosto de 2012; socorriendo a quien lo necesite, con el objetivo de la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos.
Salvaguardar la vida y proteger los bienes, a través de la prevención y atención de emergencias, sean naturales o de origen antrópico y con ello minimizar el impacto social y económico generado por estas calamidades.
Para el año 2025 El Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Socorro, se consolidará como una institución con área de influencia en diferentes municipios del departamento de Santander y se convertirá en un centro líder de formación Bomberil del Nororiente Colombiano, contando con los equipos más avanzados en todas las modalidades de atención contra incendios y rescate.
El CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SOCORRO, fue creado el 28 de Agosto de 1981, debidamente reconocido mediante Personería Jurídica número 523 del 28 de Agosto de 1981 emanada de la Secretaria de Gobierno del Departamento de Santander.
Son funciones del CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SOCORRO las siguientes:
1. Llevar a cabo la gestión integral del riesgo en incendios que comprende:
a) Análisis de la amenaza de incendios.
b) Desarrollar todos los programas de prevención.
c) Atención de incidentes relacionados con incendios.
d) Definir, desarrollar e implementar programas de mitigación.
e) Llevar a cabo los preparativos tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y todas las instalaciones de personas de derecho público y privado para garantizar la respuesta oportuna, eficiente y eficaz.
2. Adelantar los preparativos, coordinación y la atención en casos de rescates, tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y en todas las instalaciones de las personas de derecho público y privado, de acuerdo con sus escenarios de riesgo.
3. Adelantar los preparativos, coordinación y la atención de casos de incidentes con materiales peligrosos, tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y en todas las instalaciones de las personas de derecho público y privado, de acuerdo con sus escenarios de riesgo.
4. Investigar las causas de las emergencias que atienden y presentar su informe oficial a las autoridades correspondientes.
5. Servir de organismo asesor de las entidades territoriales en temas relacionados con incendios, rescates e incidentes con materiales peligrosos y seguridad humana.
6. Apoyar a los comités locales de gestión del riesgo en asuntos Bomberiles.
7. Ejecutar los planes y programas que sean adoptados por las instituciones de los bomberos de Colombia.
Conforme al artículo 14 del Decreto 953 de 1997, Son deberes del personal del Cuerpo Bomberil:
1. Respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y reglamentos y el estatuto interno de la institución;
2. Desempeñar personalmente con solicitud, eficiencia, moralidad e imparcialidad las funciones a su cargo;
3. Formular, coordinar o ejecutar los planes, programas y presupuestos correspondientes, de conformidad con las normas que los regulen;
4. Obedecer y respetar a sus superiores;
5. Observar permanentemente en sus relaciones con sus compañeros y con el público, toda la consideración y cortesía debidas,
6. Cuidar, custodiar y conservar toda la documentación, información, máquinas, equipos, y demás bienes que tenga bajo su cuidado o le sean asignados para el cumplimiento de su trabajo, evitando la pérdida, sustracción, destrucción, utilización indebida u ocultamiento;
7. Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad de la institución;
8. Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones preventivas de accidentes o enfermedades profesionales;
9. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario del trabajo al desempeño de las funciones que le han sido asignadas;
10. Registrar en la división de personal su domicilio o dirección y dar aviso oportuno de cualquier cambio que ocurra.
11. Denunciar los delitos, contravenciones o faltas de que tuviere conocimiento;
12. Ceñirse en sus actuaciones a los postulados de la buena fe;
13. Tener presentes en todo momento los principios que gobiernan las buenas relaciones humanas;
14. Custodiar los bienes que entren bajo su cuidado con ocasión de un siniestro;
15. Promover ante las autoridades competentes, con la autorización del representante legal, las investigaciones penales o disciplinarias contra quienes hayan causado perjuicios con ocasión de los incendios y calamidades conexas, aportando las pruebas respectivas.
16. Cumplir las sanciones impuestas por los superiores.
17. Prestar el auxilio bomberil solicitado, aún estando por fuera del servicio obligatorio.
18. Respetar a los miembros de otros Cuerpos de Bomberos, sean nacionales o extranjeros.
19. Respetar el conducto regular.
20. Rendir por escrito el informe de auxilio o servicio inmediatamente se regrese del operativo.
21. Tramitar oportunamente las solicitudes elevadas reglamentariamente por los subordinados.
22. Prevenir y reprimir oportunamente las infracciones contra la disciplina.
23. Legalizar oportunamente los dineros recibidos por los avances.